
La diputada Gabriela Chumacero, presentó ante el Congreso del Estado de Puebla una iniciativa sobre cambio de género en el acta de nacimiento durante la infancia y la adolescencia, para conformar la legislación local, con la decisión de la Suprema Corte de la Nación ante la acción de inconstitucionalidad 73/2021, en contra del artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil para el Estado de Puebla, que exige tener dieciocho años de edad cumplidos para cambio de género en el acta de nacimiento.
La Corte decidió que cualquier menor puede cambiar su género en el acta de nacimiento, con el consentimiento de sus padres o tutores, o el apoyo de un representante legal.
Los magistrados consideraron que limitar la decisión de cambios en el acta de nacimiento hasta la mayoría de edad, excluye “de forma injustificada a las niñas, niños y adolescentes, de la posibilidad de ejercer su derecho al libre desarrollo de la personalidad, así como al reconocimiento de su identidad personal, sexual y de género en el ámbito jurídico” (Ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, sobre la Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos).
Con base en esta decisión del máximo tribunal del país, el pasado viernes 15 de mayo, el Congreso del Estado abrió cinco mesas de consulta para analizar la decisión de la Suprema Corte y la pertinencia de reformar el Código Civil, tras ser turnada la iniciativa a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.
Tanto la decisión de la Suprema Corte como la iniciativa que se analiza en el Congreso del Estado responden a una realidad, una de cuya evidencia se encuentra en la “Consulta Infantil y Juvenil” realizada por el Instituto Nacional Electoral en 2018, donde de una población de cinco millones 671 mil niños y adolescentes del país, el 2.1 por ciento no se identificaba con el género hombre o mujer.
Asimismo, la “Asociación para las Infancias Trans”, aseguró que, en promedio, a los seis años, los niños y las niñas suelen comunicar su identidad.
El tema no es menor; desde el punto de vista semántico, de significado, las palabras clave del problema son: sexo designado, niñes y diversidad sexogenérica. No se utiliza el término de sexo anatómico, sino asignado, lo que puede suponer que no es la naturaleza, sino la voluntad de alguien quien designa el sexo. Por otro lado, la palabra “niñes”, es un término utilizado por la ideología de género para indicar un tercer género, aparte del masculino y el femenino.

La diversidad sexogenérica indica el problema de la disconformidad entre el sexo anatómico y la tendencia de género. En tanto que la diferencia entre sexo y género, se encuentra en que el género se refiere a la identificación psicológica que una persona tiene de sí misma.
Sin embargo, más allá de la terminología está el problema que se discutirá, o que ya se discute, en torno a la iniciativa en cuestión: ¿Tienen capacidad los niños para decidir sobre su género? ¿Disminuirá o aumentará la discriminación del menor en la familia, la escuela y el barrio o colonia, tras la decisión de cambiar su género? ¿Se está tomando en cuenta la inmadurez del infante y la inestabilidad del adolescente con esta iniciativa?
Causas y retos
Para responder a las preguntas anteriores, habrá primero que conocer las causas que llevan a una persona a ser transgénero. Estas son varias y van desde las biológicas, hormonales prenatales, experiencias tempranas o en la adolescencia.
Una teoría habla de las diferencias cerebrales masculinas y femeninas, y atribuye el transexualismo a posibles cambios cerebrales; otros señalan que una de las causas puede ser la trasmisión hormonal durante la gestación, así como las primeras experiencias del infante. Sin embargo, la mayoría de los estudiosos del tema coinciden en que pueden confluir varios factores.
Todo esto indica que, desde temprana edad, los padres pueden detectar lo que se llama disforia de género, es decir, el desequilibrio de una persona cuando su sexo anatómico no coincide con sus inclinaciones de género.
Es ahí donde es responsabilidad de los padres enfrentar esa situación; esto exige comprender el problema (por ejemplo: una niña que se inclina más por actividades masculinas), buscar asesoría profesional, y con base en esa asesoría y sus propias convicciones tomar la decisión. No sólo es el niño o niña quien decide, es él o ella y sus padres o tutores.
Ahora bien, la decisión que los padres o tutores y los menores tomen, tendrá consecuencias en los demás miembros de la familia, en la escuela y en el ambiente en que viven. Es necesario no sólo estar conscientes de eso, sino tomar decisiones que ayuden al menor.
La inmadurez y la inestabilidad de los menores que presentan esta situación, es un riesgo que deben tomar en cuenta los padres, tutores y demás familiares, porque generalmente van unidas a las actitudes de los demás.
Así pues, la decisión que tomen los legisladores exige de ellos, en primer lugar, información suficiente sobre la problemática psicológica, emocional, familiar, social e incluso religiosa a la que se enfrenta el niño o adolescente “trans”, en una sociedad, como la poblana, mayormente homofóbica.
En segundo lugar, analizar las consecuencias políticas y sociales de su voto; y en tercer lugar, plantearle a los responsables de la educación y la atención a la familia, la necesidad de medidas que apoyen a este tipo de personas en la defensa de sus derechos y en la integración plena a la sociedad.
Gilberto Bosques (9)
SCHINDLER Y BOSQUES. En muchas referencias, a Gilberto Bosques Saldívar se le ha calificado como “el Schindler mexicano”, en referencia al alemán “Oskar Schindler”, quien durante la Segunda Guerra Mundial salvó de la muerte a mil 200 judíos, en Polonia y la hoy República Checa, utilizándolos como obreros en sus fábricas de utensilios de cocina y armas para los alemanes.
La acción de este empresario no se puede comparar con la de Gilberto Bosques, que salvó de la muerte a más de 40 mil personas, no sólo judíos, sino españoles republicanos y personas perseguidas por los nazis en Francia y otros países de Europa, además de los españoles salvados de la deportación en Portugal, y los perseguidos por la dictadura de Batista en Cuba. BIEN SERÍA LLAMAR A OSKAR SCHINDLER “EL BOSQUES ALEMÁN”.





