SRE negará pasaportes a deudores de pensiones alimenticias

– La Cancillería propone impedir que morosos del registro nacional tramiten o renueven este documento.

José Gallardo / Información Nacional

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) alista una modificación legal para prohibir la expedición o renovación del pasaporte a las personas inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. El objetivo de la dependencia es asegurar que los padres paguen la manutención de sus hijos antes de solicitar el documento para viajar fuera de México.

La propuesta busca incluir esta nueva restricción en el artículo 46 del Reglamento de Pasaportes. Si bien la ley general en favor de los menores ya impedía que los deudores obtuvieran identificaciones oficiales, la Secretaría necesita integrar la medida a sus propias reglas para aplicarla de forma estricta en todas sus oficinas. El impedimento para tramitar el pasaporte se mantendrá vigente hasta que la persona liquide sus pagos pendientes y un juez ordene borrar su nombre de la base de datos federal.

A la par de esta medida, la dependencia prepara cambios para hacer el trámite más rápido y sencillo para los ciudadanos cumplidos. Pronto dejará de ser obligatorio llevar copias impresas de actas de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que los empleados de la SRE consultarán directamente los sistemas del Registro Civil. Solo pedirán el documento en papel si la información no aparece en línea.

Además, se aceptará la nueva CURP biométrica que elabora la Secretaría de Gobernación como identificación válida y se eliminarán requisitos extra para las personas que fueron registradas después de los tres años de edad. El proyecto justifica que estos ajustes no representarán costos adicionales para los ciudadanos, agilizarán el proceso burocrático y respetarán la vigencia de los pasaportes emitidos anteriormente.

En el ámbito internacional, la Cancillería recordó que también apoya a las familias para cobrar pensiones a los deudores que viven fuera del país, siempre y cuando exista un acuerdo de colaboración con dicha nación. Para iniciar este reclamo, es obligatorio que el solicitante conozca el domicilio exacto del moroso, ya que la SRE solo actúa como un canal de comunicación. En el caso de Estados Unidos, el avance del trámite depende de los gobiernos locales, por lo que la dependencia ofrece orientación a los afectados a través de su área de protección consular para evitar rechazos en condados que no reconocen estos acuerdos.

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