–A pesar de la aprobación en el Senado, la reducción de la jornada no se aplicará de inmediato, el dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo.
Redacción / Información Nacional
El Pleno del Senado de la República avaló por unanimidad la reforma constitucional que reduce la jornada laboral en México a un máximo de 40 horas semanales. La modificación al apartado A del artículo 123 establece explícitamente que este ajuste en el horario no implicará una reducción en los salarios de los trabajadores.
Junto con el nuevo límite semanal, el dictamen introduce regulaciones estrictas sobre el tiempo extraordinario. Se fijó un tope de 12 horas extra a la semana, las cuales deberán distribuirse en un máximo de cuatro horas diarias y hasta por cuatro días. Asimismo, queda prohibido que los menores de 18 años realicen jornadas adicionales.
En cuanto a la remuneración del tiempo extra, la reforma indica que las horas permitidas (dentro del límite de 12 semanales) se pagarán con un 100% adicional al salario. En caso de que se exceda ese margen, el empleador estará obligado a pagar un 200% más sobre el sueldo ordinario.
Durante la sesión, la presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, Geovanna Bañuelos, señaló que la iniciativa responde a una necesidad de salud pública y justicia social. Al citar datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), explicó que las jornadas superiores a 55 horas elevan el riesgo de enfermedades y no se traducen necesariamente en mayor productividad. El objetivo, según la legisladora, es equilibrar el desarrollo económico con la calidad de vida.
A pesar de la aprobación en el Senado, la reducción de la jornada no se aplicará de inmediato. El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo. Una vez que el Congreso de la Unión concluya la reforma constitucional, será necesario modificar también la Ley Federal del Trabajo (LFT). Estas leyes secundarias definirán los plazos de preparación para las empresas, el esquema progresivo de aplicación y las obligaciones para el registro de horarios.





